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año:2011
 
institución:INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 10415 25 de octubre de 2011 DJ-1175-2011 Señor Luis Eduardo Peraza Murillo Director Nacional Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación Estimado señor: Asunto: Se rechaza por caso concreto. Informe de la Auditoría Interna del ICODER 005- 2011 Aud 020-2011. Se refiere este Despacho a su oficio número DN-2456-10- 2011 de fecha 10 de octubre de 2011, recibido en este órgano contralor con fecha 11 de octubre del año en curso, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre lo señalado por la Auditoría Interna en informe 005-2011 Aud 020-2011 en el caso de la devolución de viáticos de la señora Giselle Goyenaga, quien se desempeñaba como Ministra de Deportes. A. Criterio del Despacho En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Ahora bien, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, 2 dentro de los que destaca que la consulta no debe estar referida a un caso concreto y la necesidad de adjuntar el criterio legal o técnico –según corresponda- respecto a l ...
Fecha publicación: 28/10/2011
Fecha emisión: 25/10/2011
Documento: 10415-2011.pdf
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-191-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del catorce de abril de dos mil once.------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Analistas Profesionales de Sistemas APS Seguridad S.A., en contra del acto de adjudicación de la Compra Directa N° 2010-CD-000114-01, del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), para la “contratación de seguridad privada para el Estadio Nacional”, acto recaído a favor de Secure S.A.---------------------------------- RESULTANDO I. La empresa Analistas Profesionales de Sistemas APS Seguridad S.A., presentó el recurso de apelación el 4 de abril de 2011.----------------------------------------------------------------------------------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias y, --------------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. Hechos Probados: 1) Que el ICODER solicitó autorización a la Contraloría General de la República para y promover una contratación directa concursada para la contratación de los servicios de seguridad y vigilancia del nuevo Estadio Nacional, la cual es otorgada en el oficio No. 09746 (DCA-0194) del 7 de octubre de 2010, por un periodo de 6 meses y por un monto de ¢50.000.000. 2) Que en dicho oficio se autoriza la contratación directa de dichos servicios por un tiempo limitado a 6 meses, debido a la comprobación de la necesidad del servicio y se indica al ICODER que deberá tramitar la respectiva licitación pública para la contratación de los servicios de seguridad y vigilancia del nuevo Estadio Nacional. 3) Que en el mencionado oficio, en la sección de condicionamientos bajo las cuales se otorga dicha autorización, la Contraloría General de la República dispuso, en el punto 7, lo siguiente: “De conformidad con lo dispuesto por el artículo ...
Fecha publicación: 26/04/2011
Fecha emisión: 14/04/2011
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 01838 24 de febrero de 2011 DJ-0210 Señora M.Sc. Giselle Goyenaga Calvo Presidenta CONSEJO NACIONAL DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta respecto al procedimiento para establecer una investigación administrativa con respecto al incumplimiento del artículo 34 y siguientes de la Ley de Control Interno por parte del Auditor Interno del ICODER por sus manifestaciones concedidas a la prensa. Nos referimos a su oficio número CNDR-03-2011 de fecha 11 de enero de 2011, mediante el cual transcribe el acuerdo N° 1 de la Sesión Ordinaria N° 738-2010, celebrada por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación el 6 de enero de 2011. El cual textualmente dice: “ACUERDO N° 1 Se le encomienda a la señora Giselle Goyenaga, Presidenta del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación para que consulte a la Contraloría General de la República cual es el procedimiento para establecer una investigación administrativa con respecto al incumplimiento del Artículo 34 y siguientes de la Ley de Control Interno (8292) por parte del Auditor Interno del ICODER por sus manifestaciones concedidas a la prensa”. Al respecto, es pertinente señalar que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529, publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, se establecen los requerimientos para la presentación de las gestiones de consulta, de donde cabe destacar que el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deban ser resueltas por la Administración. Y si fuera el caso, la Administración debe acompañar su consulta con el dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate. Bajo ese es ...
Fecha publicación: 27/02/2011
Fecha emisión: 24/02/2011
Documento: 01838-2011.pdf
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO